CIC

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Durante la comparecencia en el Congreso de los Diputados del presidente de CIC, Gonzalo Postigo, en la Comisión de Investigación de la Crisis Financiera y desaparición de las Cajas de Ahorros, expuso la corrupción que significa el uso de las famosas TARJETAS BLACK por parte de CCOO, UGT y Cuadros. Esta es la parte de su comparecencia:

“Aunque en las primeras elecciones sindicales en las que participamos ya obtuvimos resultados suficientes para participar en dicha comisión negociadora, Comisiones Obreras, UGT, Csica y la Acarl, la propia patronal de las cajas, lo impedían obrando de mala fe. El 13 de julio de 2010 el Tribunal Supremo falla finalmente a favor de CIC y anula el convenio colectivo por ilegal. Tienen en la carpeta 1 en la parte de sentencias y autos esta sentencia. Desde entonces, CIC ha participado en todos los convenios que se han negociado, pero no pudimos estar en las tres negociaciones del convenio colectivo de cajas de ahorros en las que las pérdidas de derechos de los trabajadores se hicieron patentes. Mientras se nos impedía ilegalmente estar en la negociación colectiva, había sindicalistas de Comisiones Obreras y de UGT utilizando las famosas tarjetas black y negociando el convenio colectivo. Algunos de estos sindicalistas están en las actas de la comisión negociadora. Estos sindicalistas se gastaron 1,4 millones de euros con las famosas tarjetas black y, según consta en la instrucción de la pieza separada del caso Bankia, denominada tarjetas black, y en lo declarado durante el juicio oral, financiando ilegalmente al sindicato.

España tiene firmado desde el día 20 de abril de 1977 el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva del año 1949, el número 98, con la Organización Mundial del Trabajo. Las tarjetas black han vulnerado flagrantemente el artículo 2 de este convenio, señorías. Espero que el partido del Gobierno, que es el PP, tome buena nota de este asunto. Nosotros desde la CIC vamos a emprender acciones legales, pero les corresponde a los firmantes de este acuerdo, de esos tratados, y más con la Organización Mundial del Trabajo, poder reconducir estas situaciones. También se ha vulnerado el artículo 13 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical que también prohíbe taxativamente este tipo de actos de injerencia tendentes a controlar y lesionar los derechos de los trabajadores.”

Los derechos de los trabajadores perdidos en las negociaciones que participaron estos sindicalistas no se han recuperado y lo que es peor, difícilmente se recuperarán. Las TARJETAS BLACK, marcaron un antes y un después en la corrupción sindical en nuestro sector, protagonizada por CCOO y UGT.

CIC demuestra con hechos la defensa de los intereses de los trabajadores, si compartes nuestros valores, únete a nosotros, tienes un hueco en nuestras filas.

El pasado 28 de febrero, se acordó por mayoría el texto refundido del Convenio Colectivo para las Cajas y Entidades Financieras de Ahorro. Durante el transcurso de la negociación, al tratarse de cuestiones puramente técnicas, no se habían encontrado escollos importantes, hasta el último día. CIC no firmó el texto refundido por las siguientes cuestiones y así lo hicimos constar en Acta:

 

El martes día 13, a última hora nos comunicó la Patronal CECA que el texto refundido del convenio debía subsanarse, debido, entre otros motivos, a:

Sistemáticamente fueron despreciadas todas las advertencias que desde CIC le hicimos al representante legal de la Patronal CECA y como resultado, la Dirección General de Empleo le enmienda en su totalidad, haciéndole pasar por lo que se ajusta a Derecho, y también, es de sentido común.

CIC demuestra con hechos la defensa de los intereses de los trabajadores, si compartes nuestros valores, únete a nosotros, tienes un hueco en nuestras filas.

El pasado 7 de marzo el presidente de CIC, Gonzalo Postigo, compareció en la Comisión de Investigación del Congreso de los Diputados por la Crisis Financiera y la desaparición de las Cajas de Ahorro.

Como no podía ser de otra manera, en lo primero que se empleó en su discurso, fue en instar a sus Señorías Diputados para que “se restablezcan los cauces necesarios para recuperar la dignidad para los trabajadores del sector, para eliminar la precariedad que se ha instaurado y la prolongación de jornadas como consecuencia de la brutal restructuración que estamos padeciendo.”

En la ronda de preguntas, ya que algunos de los Diputados se habían sorprendido e interesado por estas afirmaciones, preguntaron por la precariedad y las condiciones de trabajo, trasladándoles: “un recién entrado a una Entidad Financiera del sector de Cajas entra con una carrera de económicas o de derecho, con su master, con su idioma y entra a ganar 12 pagos de 1.075 euros netos, esto se llama precariedad, ya no llegan ni a mileuristas, porque en esos pagos están prorrateadas todas las pagas, pero es que es así, esta es la realidad, aparte del estrés que conlleva a todas las plantillas la consecución de los objetivos, porque imagínese Vd. el escenario que tenemos todos ¿no? Con unos tipos de interés bajo mínimos y la única manera de conseguir recursos (beneficios) es a base de la intermediación de productos, si no, no podemos conseguir beneficios, hay unos objetivos muy duros para las plantillas, y eso que me ha preguntado de las bajas por enfermedad eso es una realidad, hay bajas por enfermedad que conllevan estrés, ansiedad y de depresión y hay que reconocerlo así y también quisiera decir que durante el proceso de reconversión lamentablemente hemos tenido algún fallecimiento por suicidio, para que lo sepan ustedes, que las decisiones que se toman muy alto, pues tienen un alto componente de sufrimiento en las personas que las padecen y estoy hablando de ciudadanos y de empleados, que también las han padecido.”

CIC demuestra con hechos la defensa de los intereses de los trabajadores, si compartes nuestros valores, únete a nosotros, tienes un hueco en nuestras filas.   

El próximo 7 de marzo, a las 16,00 horas comparecerá Gonzalo Postigo, presidente de CIC, en la Comisión de Investigación sobre la Crisis Financiera en España. El principal objetivo de esta comparecencia es trasladar las causas, desarrollo y consecuencias de la crisis desde la perspectiva de los empleados.

Este enfoque contempla un recorrido por los distintos actores de la Crisis Financiera:

  • ·         Directivos y Administradores.
  • ·         Los reguladores: El Banco de España y la CNMV.
  • ·         Los auditores.
  • ·         Las empresas tasadoras.

Terminando con un breve resumen de algunos de los casos en los que CIC está personada como acusación popular por la gestión delictiva de cajas de ahorros.

Así mismo, trasladaremos posibles soluciones para evitar que una nueva crisis vuelva aparecer. Como ya comunicamos en su momento, CIC participo en la Mesa de Trabajo de Transparencia Internacional España sobre la Integridad del Sistema Financiero Español, junto con otras organizaciones, representantes de la AEB, CECA, Ministerio del Interior, SECBLAC, GESTHA, del mundo universitario y la propia TIe (Transparencia Internacional España).

Finalmente, vamos a instar a sus señorías para que se restablezcan los cauces necesarios para recuperar la dignidad para los trabajadores del sector, para limitar la precariedad y la prolongación de jornadas de muchos compañeros como consecuencia de la brutal restructuración que estamos padeciendo.

Lunes, 11 Diciembre 2017 00:03

CONVENIO COLECTIVO: NUESTROS TRIENIOS EN JUEGO

El próximo 31 de diciembre concluye el plazo que se dio la disposición adicional tercera del Convenio Colectivo para “revisar” la generación de nuestros trienios. Para ello se formó una comisión de “Estudio y Trienios” con el fin de equipararlos a los del convenio de banca, en el que ya admitieron dejarlos al 2 por ciento, en lugar del 4 por ciento, derecho recogido en nuestro convenio.

Mantenemos la esperanza de que el tripartito sindical que firmó el Convenio Colectivo (CCOO, CSICA y UGT), no firme de nuevo semejante pretensión de la Patronal, esta nueva pérdida nos hundiría más profundamente en la precariedad en la que ha quedado nuestro convenio, sobre todo pensando en los compañeros más jóvenes. Además el varapalo jurídico que dio CIC con el artículo 43.3 anulado por inconstitucional, está muy reciente.

Nos surge la duda de si se ha reunido alguna vez en estos 18 meses la citada comisión y la cuantía económica con la que fue dotada (horas sindicales y dinero), puesto que en aras a la transparencia, no tenemos acceso a dicha información y pensamos que debería de ser pública.

Transcribimos la literalidad de la disposición publicada en el BOE y esperamos que esta vez, los trabajadores no nos tengamos que pagar nuestras propias actualizaciones del sueldo.

 

Disposición adicional tercera. Comisión de Estudio y Trienios.

1. Durante el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2016 y el 31 de diciembre de 2017 se suspende el devengo de trienios, de manera que dicho periodo no se computará para ningún trabajador como tiempo de prestación de servicios a efectos del cómputo de los trienios que pudiera haber generado.

La suspensión durante 18 meses del devengo de trienios se aplicará en todas las entidades incluidas en el ámbito de aplicación del presente convenio, incluso si tienen establecidos pactos internos que establezcan particularidades en la forma de cómputo o importe de los trienios.

2. Por tal razón, en el mes de julio de 2016 las Entidades abonarán la parte devengada del trienio en curso por antigüedad hasta el 30 de junio de 2016, cuya cuantía quedara integrada en lo sucesivo en este concepto retributivo. No obstante lo anterior y dada la fecha de firma del presente Convenio, dicho abono podrá realizarse hasta el 30 de septiembre de 2016, aunque con efecto del 1 de julio del mismo año.

3. Durante los 18 meses del período de suspensión del devengo de trienios, se crea una Comisión de estudio y análisis del convenio colectivo para su adaptación a la realidad del sector, integrada por las partes firmantes del mismo, que tendrá entre sus funciones el estudio de la posible transformación de los trienios por antigüedad en otra retribución ligada a la evolución económica de la empresa y a la productividad.

Los casos de adaptación y modificación del Convenio durante su vigencia se someterán a la Comisión Negociadora del Convenio.

4. En caso de que se alcance un acuerdo en el seno de la Comisión Negociadora sobre la transformación de los trienios por antigüedad se estará a lo acordado. Si no se hubiera alcanzado ningún acuerdo, se reanudará el 1 de enero de 2018 el devengo de trienios, descontándose los dieciocho meses de suspensión, por lo que se devengará la mitad de un trienio el 30 de junio de 2019.

5. En el caso de los trabajadores que accedan durante el periodo de suspensión del devengo de trienios a un nivel profesional en el que se genere el derecho a los mismos, se comenzará a computar el trienio una vez terminado el periodo de suspensión, es decir, desde el 1 de enero de 2018, por lo que se devengará la mitad de un trienio el 30 de junio de 2019.

 

El pasado 23 de octubre, la Audiencia dictó sentencia favorable a la demanda interpuesta por CIC, anulando el art. 43.3 por considerar que contiene preceptos que conculcan la legalidad vigente y concretamente incurría en un supuesto de retroactividad proscrita por el art. 9.3 de la Constitución Española.

Este es un importante revés a ese tipo de sindicalismo en el que se “mercantilizan” los derechos de los trabajadores, a cambio de prebendas sindicales, también es un duro revés para las pretensiones de la Patronal del sector, enviándole un claro mensaje: NO TODO VALE.

Nuestras iniciativas benefician a todos los empleados del sector, es el compromiso que adquirimos y que da sentido a nuestras acciones. Es el concepto de solidaridad que estamos dejando patente a través de hechos.

Desde CIC estamos dispuestos a recuperar la dignidad en nuestro sector, nos lo hemos propuesto como principal objetivo, para ello contar con vuestro apoyo es imprescindible.

Estamos seguros que compartes nuestros valores, afíliate con nosotros, participa.

Ayer tuvo lugar la vista del juicio, en la Audiencia Nacional, que había planteado la Confederación Intersindical de Crédito, por considerar que el art. 43.3 contiene preceptos que conculcan la legalidad vigente y concretamente incurre en un supuesto de retroactividad proscrita por el art. 9.3 de la Constitución Española, por si fuera poco.

Aunque ya interpusimos un conflicto colectivo por este mismo asunto y se ganó, hemos iniciado esta vía, la de impugnación parcial del Convenio Colectivo, para que no haya ningún cabo suelto que dé lugar a que en el Tribunal Supremo se desestime por inadecuación de procedimiento. Además, ese conflicto solo está afectando a los empleados de la Caixa.

Como ya viene siendo habitual, CCOO, CSICA y UGT, no se presentaron al juicio para defender lo que firmaron, simplemente, porque no tiene defensa alguna.

¿Qué piensas de la actuación de estos sindicatos? Nuestras iniciativas benefician a todos los empleados del sector, lo veremos, más palpablemente, cuando nos abonen la parte del plus convenio que CCOO, CSICA y UGT nos quitaron con su firma.

Desde CIC estamos dispuestos a recuperar la dignidad en nuestro sector, lo estamos demostrando con hechos y no con la vacuidad y falsedad que otros hacen patente.

Estamos seguros que compartes nuestros valores, afíliate con nosotros, participa.

CIC DESCONCERTADA E INDIGNADA POR LA ACTITUD DEL FISCAL LUZÓN EN EL CASO BANKIA.

 

Ha obviado los elementos jurídicos que la Sala de lo Penal consideró como “pruebas más que suficientes” para imputar a los máximos responsables del Banco de España.

 

Ha olvidado por completo el dictamen de los terceros informes de los peritos judiciales, realizados al final del procedimiento, elaborados con toda la información disponible, resultando ser los más demoledores y técnicamente irrebatibles.

 

Ha decidido acusar sólo a cuatro de los más de 30 imputados e ignorar las pruebas que señalan al Banco de España.

 

Madrid, 30 de junio de 2017.- La Confederación Intersindical de Crédito ha manifestado su indignación por la actitud del Fiscal Luzón en el caso Bankia. Para empezar, ha obviado los elementos jurídicos que la Sala de lo Penal consideró como “pruebas más que suficientes” para imputar a los máximos responsables del Banco de España, en concreto las declaraciones del inspector Casaus, reafirmándose en su testifical, en base a las advertencias que él y su equipo de inspección “in situ” trasladaron a sus superiores sobre la inviabilidad del grupo, antes de su salida a Bolsa y los correos e informes de seguimiento que “unidos a la causa, cuyo contenido, explícito, es altamente significativo, del alcance, extensión y claridad de tal advertencia”.   Ha olvidado por completo el dictamen de los terceros informes de los peritos judiciales, realizados al final del procedimiento, elaborados con toda la información disponible, resultando ser los más demoledores y técnicamente irrebatibles. Tampoco ha argumentado jurídicamente la razón de no tener en cuenta estos importantes e imprescindibles elementos y pruebas. Es inaceptable que cuando los peritos judiciales califican de falsas las cuentas de Bankia, el Sr. Luzón diga que “se sobrepasan en el cometido de su pericia”.

 

Esta actitud y estas palabras han sorprendido enormemente a los integrantes de la CIC y contradicen lo dicho por el mismo fiscal el pasado mes de diciembre, al elevar a definitivas las conclusiones de la pieza separada de las Tarjetas Black, dentro del caso Bankia. En aquel entonces -no hace tanto tiempo- reprochaba una “actitud depredadora” a los consejeros y concluyó que las “black” están próximas “al pillaje o la rapiña”. Su lapidaria frase “no sé si ha sido un entierro, pero sí un funeral para todos los españoles”, se escuchó en todos los rincones del Reino. En aquellas fechas, la plaza de Fiscal Anticorrupción estaba sin resolver, finalmente dicha plaza fue otorgada al fiscal Moix.

 

A día de hoy, la plaza de la Fiscalía Anticorrupción vuelve a estar vacante, sin embargo, el escrito de conclusiones provisionales del caso Bankia del fiscal Luzón carece de la épica de aquellas primeras palabras y sí que evidencia una amnesia selectiva de pruebas y evidencias fundamentales para que se haga justicia en el caso Bankia.

 

Entre tanto, desde CIC, continuamos reclamando que se haga justicia.

 

A pesar de la artimaña que denunciábamos en nuestro último comunicado del pasado día 6 de junio “Plus Convenio parte variable 2016” en la que la Comisión Mixta Interpretativa elaboró un informe, firmado por la patronal y CCOO, UGT y CSICA, para evitar el pago de la parte variable del plus de Convenio 2016, ante la reclamación que habíamos interpuesto CIC, SIB y CGT, la Audiencia Nacional nos ha dado la razón y NOS HA RECONOCIDO QUE TENEMOS QUE COBRAR 7/12 partes de dicho plus.

 

La gravedad legal en la que han incurrido estos sindicatos, CCOO, CSICA y UGT con la firma del Convenio Colectivo, es que esta vez han ido en contra de los derechos consolidados de los trabajadores.

 

El conflicto colectivo se ha ganado en la Caixa, pero nuestro abogado va a impugnar también el art. 43 del convenio colectivo ahora que tenemos una sentencia favorable y fundamentada de la Audiencia Nacional.

 

Os recordamos que esta es la segunda vez que se declara como ilegal lo recogido en el convenio colectivo que precisamente han firmado los tres sindicatos de siempre. En la anterior, tumbamos el convenio colectivo entero, porque a pesar de haber obtenido la representatividad legal necesaria, estos sindicatos junto con la patronal, impedían que formásemos parte de la comisión negociadora del Convenio Colectivo, hasta que el Tribunal Supremo les dijo basta. Estuvimos más de 8 años sin poder participar en la negociación colectiva, mientras CCOO y UGT esgrimían las TARJETAS BLACK y se financiaban ilegalmente con ello (así lo han reconocido algunos portadores de tarjetas black en sede judicial). Mientras tanto, nuestros derechos iban desapareciendo.

Os pedimos que la próxima vez que votéis en las elecciones sindicales, tengáis en cuenta estos hechos, las opiniones deben de ser las vuestras siempre.

 

Jueves, 08 Junio 2017 16:29

Plus Convenio parte variable 2016.

El pasado martes, se celebró la vista por la reclamación de la parte variable del plus de convenio que NO SE ABONÓ en el ejercicio 2016, en la sala de lo social de la Audiencia Nacional y debido al acuerdo alcanzado tras la firma del convenio publicado en agosto de ese mismo año.

Dicha reclamación, realizada en la Caixa por CGT, SIB y CIC, se sustentó en un derecho adquirido por los trabajadores que no puede eliminarse con carácter retroactivo. Cercana la prescripción de la reclamación y sin tener constancia de respuesta alguna por parte de la Comisión Mixta Interpretativa sobre el momento en el que se genera el derecho a ese plus, se decidió interponer la reclamación.

Una vez materializada dicha reclamación (interpuesta la demanda), se reunió la comisión mixta interpretativa y por acuerdo de ambas partes, la patronal y los sindicatos firmantes del convenio “interpretaron” que dicho plus se genera en el año que se abona, mermando así, las posibilidades de éxito a la reclamación interpuesta.

Este enjuague, lícito por supuesto, hace patente una vez más quién realmente está defendiendo los intereses de los trabajadores del sector y quién, al lado de la patronal, vela por unos intereses que no coinciden con los de los empleados.

La parte variable del plus de convenio de 2016 que no se cobró, hubiese compensado en parte los cientos de miles de horas extraordinarias que se realizaron en ese ejercicio y que no se cobraron, por poner un ejemplo.

El juicio quedó visto para sentencia, seguiremos informando.